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Empleadores deberán realizar nuevo aporte previsional del 1 % a partir de agosto de 2025

Desde las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores deberán pagar una cotización adicional del 1 % para pensiones, como parte de la Reforma Previsional.

Aporte comienza con remuneraciones de agosto 2025 📆

La Ley N° 21.735 de Reforma de Pensiones establece que, a partir de las remuneraciones correspondientes a agosto de 2025, los empleadores y empleadoras deberán aportar un 1 % adicional del sueldo imponible de cada trabajador y trabajadora. Esta nueva cotización tiene como finalidad mejorar las pensiones actuales y futuras.

Este monto deberá pagarse dentro del plazo habitual de cotizaciones, es decir, hasta el día 13 del mes siguiente si se realiza declaración y pago electrónico. El formulario de cotización será actualizado por las entidades recaudadoras para incorporar este nuevo ítem.

Aumento gradual hasta llegar al 8,5 % en 2033 📈

Este nuevo 1 % es el primer paso de un calendario progresivo de aportes del empleador, que culminará en 2033 con una cotización del 8,5 % del sueldo imponible. Esta medida busca equilibrar el sistema y reponer el rol activo de los empleadores en la seguridad social, que había sido eliminado en la década de los 80.

Seremi del Trabajo: “Pensiones más equitativas” 👩‍⚖️

La Seremi del Trabajo y Previsión Social, Monserrat Castro, explicó el destino de este nuevo aporte:

“De este 1 % adicional, un 0,1 % irá directamente a las cuentas individuales en AFP, mientras que el 0,9 % se integrará al Seguro Social Previsional para financiar la Compensación por Expectativas de Vida para mujeres, corrigiendo la brecha derivada de su mayor longevidad”.

Gobierno: “Recuperar el rol de los empleadores” 🤝

La Seremi de Gobierno, Paulina Mora, destacó el valor histórico y estructural de esta medida:

“Este nuevo porcentaje marca el retorno del aporte del empleador al sistema previsional, rol que se perdió durante los años 80. Invitamos a informarse y prepararse para este nuevo aporte, que comenzará con las remuneraciones de agosto”.

Lo que viene: preparación y normativa 📌

  1. Las empresas deben ajustar sus procesos internos para integrar el nuevo 1 % a partir de agosto.
  2. La Superintendencia de Pensiones publicó la Norma de Carácter General N° 336, que regula el proceso de recaudación y distribución de este aporte. Disponible en www.spensiones.cl.
  3. Información adicional en pensionesparachile.cl , chileatiende.cl y ips.gob.cl.

Calendario de incremento de cotizaciones 📅

Este es el cronograma establecido por la ley para alcanzar el 8,5 % en 2033:

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